Domingo 20 de mayo de 2012
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Construcción y rehabilitación de Sistemas de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales.
Reglas de operación (documento pdf)

Área responsable:
Gerencia de agua potable y alcantarillado en el medio rural.
Funcionario responsable:
Ing. José Javier Jiménez Sánchez
Domicilio:
Cerrada Relox # 16, piso 2, ala sur
Col. Chimalistac
Teléfono:
91-59-12-40; 91-59-12-41 y 42
Correo electrónico:
javier.jiménez@cna.gob.mx
Fecha de publicación de las Reglas de Operación:
Diario Oficial de la Federación del 7 de abril de 2003, página 31, primera sección.
Página de Internet:
www.cna.gob.mx
www.semarnat.gob.mx


¿Quiénes son los beneficiarios del programa?

El universo de atención son los Estados y los municipios del país, y se dirigen a las comunidades rurales con población igual o menor a 2,500 habitantes, preferentemente con índices de muy alta y alta marginalidad.

¿Cuáles son las características y los montos de apoyo?

Los recursos federales por el presente ejercicio fiscal en este programa podrán ser de hasta $523’850,000.00 (quinientos veintitrés millones ochocientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), monto que deberá complementarse con la inversión aportada por los estados y municipios participantes.

Para el financiamiento de este programa, el Gobierno Federal podrá otorgar apoyos hasta de 42% de la inversión convenida, a excepción de las localidades de alta y muy alta marginación o de aquellas que presentan problemas de tracoma o que determine la CNA que presentan problemas asociados a contenidos altos de arsénico, sales, metales pesados o dureza, en las que el apoyo federal podrá ser hasta de 50%.

La distribución por entidad federativa de los recursos federales aportados podrá verse modificada en función del interés manifestado por los Gobiernos Estatales y las necesidades o solicitudes comunitarias para los servicios.

Además, si para el 30 de abril del año 2003 los Estados, Municipios y Usuarios no aportan los recursos económicos a los que se comprometieron, los recursos federales previstos podrán ser reasignados a otros Estados.

De igual forma, los recursos que se prevea que no pueden ser ejercidos de conformidad con la programación establecida, incluyendo aquellos montos que no puedan ser comprometidos al 31 de julio del año 2003, podrán ser reasignados por la Comisión Nacional del Agua a otros Estados.

¿Cuáles son los requisitos y criterios para acceder al programa?

De los Gobiernos Municipales.
En apego a las disposiciones del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Gobiernos Municipales participarán a través de las instancias correspondientes como son las Unidades Administrativas de obras públicas o de agua y saneamiento u organismos públicos, responsabilizándose de:
Promover la participación de los usuarios en las diversas fases del programa, aprovechando la organización existente o creando comités comunitarios o juntas de agua y saneamiento.
Fomentar la aportación económica de los usuarios sea en mano de obra o materiales de la región. Instrumentar los mecanismos adecuados para que los usuarios beneficiados con este programa, se responsabilicen del financiamiento de la operación, mantenimiento preventivo y rehabilitación menor de los sistemas.

Cuantificar las necesidades de atención en el ámbito municipal, priorizar las solicitudes de servicios de sus localidades y llevar un registro en colaboración con el Subcomité.
Hacer público el listado de comunidades que serán atendidas con el programa, o ponerlo a disposición de la población en general, a través de la página electrónica municipal, así como la actualización mensual de la inversión y acciones programadas.

Los municipios beneficiados con el programa deberán suscribir su adhesión a los Anexos de Ejecución y Técnicos del Acuerdo de Coordinación celebrado entre el Gobierno Federal y el Gobierno Estatal respectivo.
Promover que el Organismo Operador amplíe su capacidad técnica, operativa, administrativa, entre otros, extendiendo su radio de atención a las zonas rurales.
Ejecutar obras, realizar las actividades técnicas y administrar los servicios que las comunidades no estén en condiciones de llevar a cabo.

Efectuar las acciones que aseguren la sostenibilidad de los servicios y la sustentabilidad del recurso.
Proporcionar asistencia técnica para la administración, operación y mantenimiento de los sistemas de agua y saneamiento rural.
Aportar en tiempo y forma los recursos para el programa, que haya convenido con el Gobierno Estatal.

Cuando la prestación de los servicios esté a su cargo, asumir la propiedad de los activos que le competen derivados de la ejecución de este programa.

Observaciones

Este programa está dirigido a responder a las necesidades de la población rural de México sin sustituir al Estado y al Municipio en sus responsabilidades constitucionales. Por tanto, para su adecuada operación como Programa de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales se requiere de una relación estrecha entre los tres órdenes de gobierno, basada en las facultades, funciones, responsabilidades y recursos y en la participación de las comunidades para alcanzar la sostenibilidad de los servicios y la sustentabilidad de los recursos naturales.

 

 

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