Domingo 20 de mayo de 2012
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Fondo de Poyo a Comunidades para Restauración de Monumentos y Bienes Artísticos de propiedad Federal
Reglas de operación (documento pdf)

Área responsable:
Dirección General de Sitios y Monumentos del Patrimonio Cultural
Funcionario responsable:
Lic. Xavier Cortés Rocha
Domicilio:
Av. Insurgentes 1822,
Col. Florida
C.P. 01030
Teléfono:
56-62-62-46
Correo electrónico:
Dgsmpc2@correo.conaculta.gob.mx
Fecha de publicación de las Reglas de Operación:
Diario Oficial de la Federación del 25 de abril de 2003, pagina 93, cuarta sección.
Pagina de Internet:
www.conaculta.gob.mx


¿Cuál es la cobertura del programa?

El Fondo de apoyo a comunidades para restauración de monumentos y bienes artísticos de propiedad federal (FOREMOBA) tiene cobertura a nivel nacional.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Las instituciones estatales, municipales, comunidades locales y grupos organizados legalmente constituidos, cuyo fin sea el de mantener, rehabilitar, restaurar y/o conservar, los monumentos históricos y/o los bienes artísticos muebles o inmuebles de propiedad federal.
Los bienes patrimoniales para los que se solicite el apoyo del FOREMOBA deberán estar destinados para uso público sin fines de lucro.

¿Cuáles son las características y el monto de los apoyos?

Los apoyos que brindará el FOREMOBA podrán ser en especie, recursos financieros líquidos, asesoría técnica o dictámenes técnicos referentes a los inmuebles, monumentos históricos y/o artísticos de propiedad federal.

De acuerdo con la disponibilidad presupuestal, el FOREMOBA participará hasta con una tercera parte en apoyos económicos a proyectos tripartitas, entre el FOREMOBA y dos instancias adicionales (gobierno estatal, municipal, comunidad o asociación civil). Los casos diferentes a lo planteado anteriormente, se someterán a consideración del Comité Ejecutivo del FOREMOBA. La Comisión Dictaminadora, previa autorización del Comité Ejecutivo, determina el monto de los apoyos específicos, tomando en cuenta en cada proyecto, el tipo de producto cultural a intervenir, la congruencia en el presupuesto general y específico, la viabilidad material y financiera, las otras aportaciones incluidas, en su caso, y los recursos económicos con los que cuente el FOREMOBA para el programa.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al apoyo?

Las instituciones estatales, municipales, comunidades locales y grupos organizados legalmente constituidos que pretendan recibir recursos del FOREMOBA, deberán presentar:

El formulario de la solicitud, el cual será firmado por la persona que acredite legalmente su personalidad, misma que deberá estar acompañada del proyecto correspondiente.

Descripción y justificación del proyecto, objetivos, plan de trabajo, presupuesto general y específico, calendario de ejercicio de recursos.

Descripción de otras aportaciones en efectivo o en especie para la realización del proyecto donde se indicarán los montos con que participan los gobiernos estatales y/o municipales, así como las comunidades o asociaciones civiles, anexando documentación y equivalencia en pesos, en su caso.

Propuesta de divulgación y difusión del proyecto.

Carta de aceptación de las instituciones u organismos participantes en el proyecto, aclarando el tipo de apoyo que otorgan o actividad a desarrollar.

Avance del proyecto (si es una obra ya iniciada).

Un programa de mantenimiento y/o restauración de los monumentos históricos y artísticos.

Los plazos para presentar proyectos y solicitudes de apoyo ante el FOREMOBA estarán sujetas a las fechas establecidas en la convocatoria respectiva. Para este caso, el Comité Ejecutivo definirá las fechas y periodos en que se recibirán los proyectos.

Durante el primer trimestre de cada año fiscal habrá al menos un periodo de recepción de solicitudes y de sus respectivos proyectos. Si, una vez concluido el periodo y efectuada la dictaminación correspondiente, aún existe la suficiente disponibilidad de recursos financieros en el FOREMOBA, se deberá convocar otro periodo de solicitudes y presentación de proyectos, dentro del segundo semestre del año que se trate, en los términos que establezca el Comité Ejecutivo.

Observaciones:

Las instituciones estatales, municipales, comunidades locales y grupos organizados legalmente constituidos interesados en el mantenimiento, restauración, rehabilitación y/o conservación de monumentos históricos o artísticos u otros bienes de propiedad federal, recogerán y entregarán el formato de solicitud, en la DGSMPC (física o electrónicamente), el cual deberá ser requisitado de conformidad con las bases de participación establecidas en la convocatoria respectiva.

A partir de la firma del Acuerdo o Convenio, los beneficiarios deberán llevar a cabo la realización de su proyecto de trabajo de acuerdo con el calendario de actividades aprobado. En los casos en que sea rebasado dicho plazo se estará a lo establecido en el punto 3.4.4.3 de las presentes Reglas.

 

 

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