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Programa de Coinversión Social
Reglas de operación (documento pdf)
Lineamientos (documento pdf)

Área responsable:
Dirección de Vinculación Social
Funcionario responsable:
Lic. Ricardo Bucio Mújica
Domicilio:
Segunda cerrada de Belisario Domínguez N° 40
Col. Carmen Coyoacán
C.P. 04100
Delegación Coyoacán
Teléfono:
56 59 54 25
Correo electrónico:
rbucio@sedesol.gob.mx
Fecha de publicación de las Reglas de Operación:
Diario Oficial de la Federación del 11 de marzo de 2003, pagina 32 primera sección.
Pagina de Internet:
www.sedesol.gob.mx
www.indesol.gob.mx


¿Dónde se aplica el programa de Coinversión Social?
El Programa tiene cobertura nacional.

¿Quiénes son los beneficiarios del programa?
INDESOL construirá una base de datos en la que se relacionen y especifiquen las organizaciones de la sociedad civil e instituciones académicas o de investigación y los gobiernos municipales que sean sujetos de transferencia de recursos por parte del Programa, estableciendo las áreas geográficas en las que tiene presencia, las características del beneficio otorgado; para ello se sujetará a la norma que para tal efecto emita la Subsecretaría de Prospectiva, Planeación y Evaluación.

Los proyectos deberán beneficiar, directa o indirectamente, a la población en situación de pobreza, vulnerabilidad, marginación, desigualdad de género o exclusión sociales, con base en los criterios establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial y por el INDESOL.

¿Qué vertientes incluye el programa?
-Social:
Proyectos de asistencia, promoción humana y desarrollo comunitario que contribuyan a la formación de capital social y a la promoción y defensa de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como a reducir las inequidades entre hombres y mujeres.

-Económica:
Productivos, de comercialización y, en general, que promuevan beneficios económicos, empleo, sustentabilidad y fortalezcan el patrimonio de la población objetivo. En este caso, Indesol se coordinará con el Programa de Opciones Productivas.

-Fortalecimiento institucional:
Proyectos dirigidos a mejorar las capacidades de servicio de los participantes, y la articulación entre diversos agentes sociales o los tres órdenes de gobierno, para generar sinergias y mayor concurrencia e impacto social.

-Capacitación:
Proyectos de formación y capacitación que generen o fortalezcan habilidades, conocimientos y valores de participación ciudadana que contribuyan a elevar capacidades personales y comunitarias de los beneficiarios y beneficiarias.

-Investigación:
Proyectos o estudios que generen instrumentos, propuestas y recomendaciones para fortalecer las políticas de desarrollo social en materia de equidad, construcción de capital social y fortalecimiento del tercer sector.

¿Cuáles son los tipos de apoyo y cuáles los montos?
-El monto máximo de recursos federales que podrá otorgarse a un proyecto se establecerá en cada convocatoria, en función de las características de la misma. En ningún caso podrá ser mayor a un millón de pesos.

-Los porcentajes de participación de los agentes corresponsables serán determinados en cada convocatoria. En ningún caso podrán ser menores al 10%.

Los tipos de apoyos que otorga el INDESOL a los agentes corresponsables para la ejecución de los proyectos, son recursos provenientes de la asignación que el Presupuesto de Egresos de la Federación le otorga a la Secretaría de Desarrollo Social en el Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, catalogados como subsidios, por lo que los agentes corresponsables estarán sujetos a la normatividad aplicable.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al subsidio?
-Las Organizaciones de la sociedad civil (OSC): deberán estar legalmente constituidas, no tener fines de lucro, cumplir con las disposiciones legales vigentes y cuyo objeto social esté dirigido con las tareas de desarrollo social y con el proyecto que presentan.

-Las Instituciones académicas de educación superior o de investigación: deberán acreditar su personalidad jurídica y demostrar que cuentan con experiencia en el ámbito de desarrollo social.

-Contar con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para expedir recibos con requisitos fiscales vigentes.

-No llevar a cabo acciones de proselitismo hacia partido político, sindicato o religión alguna. Para el caso de la OSC, no tener entre sus directivos o representantes a funcionarios públicos con nivel de mando medio y superior en el Poder Ejecutivo en cualesquiera de los tres órdenes de gobierno, legisladores locales o federales o funcionarios públicos con nivel de mando medio y superior en el Poder Judicial federal o estatal. Lo anterior, no será aplicable para las asociaciones municipales.

-Podrán participar los gobiernos municipales.

Observaciones
Durante 2002, el Indesol operó tres programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social: Coinversión Social, Capacitación para el Fortalecimiento Institucional e Investigación para el Desarrollo Local que impulsaban, individualmente, la corresponsabilidad en el desarrollo social con los distintos actores. para fortalecer la estrategia de corresponsabilidad a que se alude, este año se logró la conformación de un solo Programa con distintas vertientes denominado “Coinversión Social”.

Se entiende como agentes corresponsables a las organizaciones de la sociedad civil (OSC), los gobiernos municipales e instituciones académicas de educación superior o de investigación que participan en este Programa.

Las características específicas de los proyectos de Coinversión Social aparecerán en las convocatorias públicas que emita el Indesol para tal efecto. En éstas, se definirán, entre otros aspectos, los agentes corresponsables que pueden participar, la vertiente, los temas, los criterios de elegibilidad, los plazos, los montos de apoyo, la cobertura, así como los porcentajes de participación.

Para el desarrollo de las diversas acciones asociadas con una eficiente operación, supervisión y evaluación externa, el Indesol y, en su caso, las delegaciones federales de la Sedesol, contarán con recursos de hasta siete por ciento del monto total asignado al Programa.
El Indesol formulará los lineamientos del Programa y éstos se publicarán a más tardar 30 días hábiles a partir de la publicación de las presentes Reglas en el Diario Oficial de la Federación, y estarán disponibles en la página de Internet: www.indesol.gob.mx.

Este Programa trabajará de manera corresponsable con: Organizaciones de la Sociedad Civil. Instituciones académicas de educación superior o de investigación. Gobiernos municipales.