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Programa para el Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas. Programa de Capacitación
Reglas de operación (documento pdf)

Área responsable:
Dirección General de Pueblos y Comunidades Indígenas
Funcionario responsable:
Lic. Lourdes Sánchez Muñohierro
Domicilio:
Reforma 51 piso 9
Col. Tabacalera
Cp. 06030
Teléfono:
53285000 ext. 4001 , 4002, 4003 y 4004
Correo electrónico:
Fecha de publicación de las Reglas de Operación:
Diario Oficial de la Federación del 23 de mayo de 2003 pagina 4, primera sección.
Pagina de Internet:
www.sedesol.gob.mx


¿Cuál es la cobertura del programa?

El Programa atenderá, de manera prioritaria, las siguientes entidades federativas: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

¿Quiénes son los beneficiarios del programa?

La población que habite en localidades de muy alta o alta marginación, con 29 por ciento o más hablantes de lengua indígena y con un tamaño de localidad entre 50 y menos de 10,000 habitantes; utilizando para fines de su identificación, la información del “XII Censo General de Población y Vivienda, 2000” del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) y los “Índices de Marginación a Nivel de Localidad, 2000”, del Consejo Nacional de Población (CONAPO). Dado el impacto social de las acciones a realizar en la población indígena, la Unidad Administrativa Responsable del Programa, previo análisis y justificación respectiva, podrá autorizar la atención a población que habite en otras localidades que presenten un porcentaje menor de hablantes de lengua indígena.


¿Cuáles son los montos de apoyo?

Los montos máximos de apoyo para las labores y acciones de esta modalidad que la Unidad Administrativa Responsable del Programa podrá realizar o autorizar a través de alguna otra instancia ejecutora serán los siguientes:
Eventos de capacitación, diseño y producción de materiales didácticos, hasta el 90% de los recursos para esta modalidad; de este porcentaje, se podrá disponer hasta de un 10% para el otorgamiento de estímulos a la capacitación de la población indígena;

Para el financiamiento de investigaciones y proyectos sociales en el ámbito de la capacitación a indígenas, hasta un 10% del total del recurso para este componente; considerando, en su caso, la aportación económica de instancias federales, estatales y municipales, así como sociales y privadas.

Los montos máximos para los estímulos a integrantes de pueblos indígenas para estudios básicos y especializados; y financiamiento a investigaciones y proyectos, son determinados por la Unidad Administrativa Responsable con base en la “Guía Específica para la Operación de las Acciones de Capacitación”.

¿Cuáles son los criterios para acceder a los apoyos del programa?

En el caso de las actividades de capacitación, para que los miembros de los pueblos y comunidades indígenas sean sujetos de apoyo, se requiere:

Que la localidad en la cual se desarrollarán los talleres o las acciones de capacitación, tenga entre 50 y menos de 10,000 habitantes, con un grado de marginación muy alto o alto; con una población de cinco años y más hablante de lengua indígena, que represente el 29% o más del total y que preferentemente se encuentre en un municipio de microrregión SEDESOL, y

Cuando se trate de capacitación a operadores o promotores de programas de atención a indígenas, se requiere que éstos se encuentren operando en las localidades o comunidades indígenas consideradas en el universo de atención del Programa.

Observaciones:

Los contenidos de estas acciones se orientarán hacia la organización social, fomento a la identidad y culturas indígenas, organización productiva, desarrollo sustentable, cuidado y aprovechamiento de la infraestructura social, derechos humanos, promoción y procuración de justicia para facilitar el acceso de los indígenas a la jurisdicción del estado y, en general, todos aquellos que contribuyan al bienestar de los grupos indígenas, previa autorización de la Unidad Administrativa Responsable del Programa.

Para reforzar estas líneas de trabajo, se podrá impartir capacitación a operadores y promotores sociales de comunidades indígenas del Programa o de otros programas de los gobiernos federal, estatal, o municipal.

Para cumplir con lo anterior, la Unidad Administrativa Responsable del Programa propiciará la coordinación
interinstitucional y la complementariedad de acciones en materia de capacitación.

Las acciones que se llevarán a cabo para la consecución de los objetivos de esta modalidad son:
talleres, cursos, encuentros y seminarios; diseño y producción de material didáctico en diferentes formatos
y medios (impreso, video, audio, digital); estímulos a integrantes de los pueblos indígenas para estudios básicos y especializados; y financiamiento a investigaciones y proyectos sociales, en el ámbito de la capacitación para pueblos indígenas.