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Programa Salud para Todos (Seguro Popular de Salud)
Funcionario responsable:
Actualmente el
Programa SPS (Seguro Popular de Salud) opera en algunas regiones seleccionadas
de 21 entidades federativas y se extenderá gradualmente al interior de los
estados incorporados, así como al resto del país, de conformidad con la
disponibilidad de recursos en el Programa Salud para Todos (Seguro Popular de
Salud). A partir del presente año la ampliación de la cobertura del Programa SPS
se priorizará en los estados incorporados y de nuevo ingreso conforme a los
siguientes criterios: ¿Quiénes son los beneficiarios del programa? Los beneficiarios del Programa SPS son las familias mexicanas que no cuentan con la protección de la seguridad social en materia de salud y han satisfecho los requerimientos de afiliación. ¿Cuáles son los criterios para acceder al programa? Residir en las
zonas y regiones seleccionadas de las entidades federativas participantes en el
Programa SPS. ¿Cuáles son los derechos de los afiliados? Cada familia
afiliada al Programa SPS recibe un ejemplar de la “Carta de Derechos y
Obligaciones de los Afiliados”, en la cual éstos se hacen explícitos. A esta
carta acompaña un listado de unidades médicas a Acceso
igualitario a la atención La descripción de cada uno de estos derechos así como las obligaciones de los afiliados vienen asentadas en el inciso 4.4.2. de estas Reglas de Operación. Observaciones: La cobertura de los servicios que los proveedores prestan a los afiliados del Programa SPS, comprende la mayoría de los servicios demandados en los centros de salud y hospitales generales de la red de Servicios Estatales de Salud y sus medicamentos asociados. Este catálogo de beneficios responde a las necesidades y demanda de servicios de la población. En el año 2003 el costo anual promedio per nacional de las intervenciones que se ofrecen en el CABEME se estima en $1,572.22. El monto anterior se ajusta en función de las condiciones salariales de la región seleccionada y en su caso al número de intervenciones del catálogo de servicios que se ofrezca. El Gobierno Federal destina un subsidio base por familia afiliada. El monto de recursos del subsidio base per cápita, se calcula a partir del costo per cápita promedio del CABEME estimado para cada estado, menos el monto per cápita de recursos fiscales destinados a la prestación de servicios personales de salud en el Decreto del PEF 2003 vía ramo 33 y vía ramo 12 considerando regiones y universos de beneficiarios coincidentes. Con objeto de
alinear esfuerzos y evitar duplicidades en el financiamiento, en el caso de las
familias beneficiarias del Programa Oportunidades que se afilien al Programa SPS
se realizarán ajustes adicionales Los ajustes
descritos en el párrafo anterior tienen como objetivo evitar la duplicidad de
recursos y articular los apoyos de diferentes programas sociales en beneficio de
las familias afiliadas. |
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